El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación lanzó hoy una edición especial del Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos (APTur VIII, segunda convocatoria), dirigida a prestadores y prestadoras cuya labor principal se encuentre vinculada con la actividad turística en las provincias afectadas por la emergencia hídrica.
"Este apoyo para prestadoras y prestadores turísticos litoraleños es un aporte del Gobierno Nacional para apuntalar a la región en una situación difícil y busca promover su pronta recuperación", expresó el ministro de Turismo y Deportes de la Nación, Matías Lammens.
El beneficio apunta a monotributistas sociales, monotributistas, trabajadores autónomos y personas jurídicas, con o sin empleados a cargo. Se otorgarán aportes no reembolsables por un monto de $2 millones y, para recibirlo, las y los prestadores deberán inscribirse, realizar y aprobar una capacitación del Programa de Formación Virtual del Ministerio de Turismo y Deportes.
La inscripción estará abierta desde el lunes 13 hasta el miércoles 15 de noviembre inclusive. Para conocer los requisitos y aplicar, se deberá ingresar en argentina.gob.ar/turismoydeportes/aptur.
El Fondo de Auxilio para Prestadores Turísticos VIII (APTur VIII) busca brindar apoyo económico a aquellas personas cuya actividad turística se ve afectada por problemáticas ambientales imprevistas, originadas en causas naturales o antrópicas, que por su magnitud dificulten el desarrollo de la actividad turística con normalidad.
Esta segunda convocatoria está dirigida a prestadores y prestadoras cuya labor principal se encuentre vinculada con la actividad turística en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, afectados por la emergencia hídrica por el desborde de los Ríos Paraná, Uruguay e Iguazú.
El beneficio constará de un aporte no reembolsable por el monto de $2 millones. Para recibirlo, las y los prestadores deberán inscribirse, realizar y aprobar una capacitación del Programa de Formación Virtual del Ministerio de Turismo y Deportes.
Personas humanas y jurídicas cuya labor principal se encuentra vinculada con la actividad turística en las provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones, afectados por la emergencia hídrica por el desborde de los Ríos Paraná, Uruguay e Iguazú.
A) Acreditar mediante Certificación del Organismo Provincial de Turismo que es un prestador turístico afectado por la emergencia hídrica por el desborde de los Ríos Paraná, Uruguay e Iguazú.
B) Realizar y aprobar un curso de capacitación o cápsula de contenido del Programa de Formación Virtual (PFV) en el Campus que lleva adelante el Ministerio de Turismo y Deportes. La capacitación a realizar será notificada a través del correo electrónico declarado y deberá efectuarse en el plazo de TRES días corridos.
Quienes adeuden contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido de esta Cartera, o que posean cuentas pendientes de rendición.
Serán admitidas las solicitudes que:
La presentación extemporánea del formulario de postulación o su presentación incompleta y/o con ausencia de la documentación requerida invalida la presentación y por lo tanto no será seleccionado como beneficiario.
El Ministerio de Turismo y Deportes notificará a la persona beneficiaria que ha quedado seleccionada para recibir el beneficio y le solicitará que finalice y apruebe la capacitación exigida como requisito de admisibilidad, en el plazo de tres (3) días corridos desde la notificación.